Breve guía para la firma de contratos

Breve guía para la firma de contratos:


Casi todos los asistentes al Protos y Tipos tenemos o hemos tenido una idea que ha terminado siendo un prototipo, y un posible objetivo tras mucho trabajo —y mucho testeo— es conseguir su edición por parte de una editorial. Desde Ludo hemos constatado que no existe demasiada información al respecto. Gracias al trabajo de personas como Nuria Casellas —con la ayuda de Pedro Soto y Manu Cervantes— se creó la Guía básica para la firma de contratos de juegos de mesa, que los socios pueden encontrar en el apartado de RECURSOS de la web. En ella os damos una serie de consejos prácticos; algunos más generales (aplicables a cualquier contrato privado) y otros más específicos del sector. Nos dirigimos especialmente a autores noveles, destacando los aspectos a tener en cuenta cuando no sabes qué tener en cuenta.

Este texto es una pequeña muestra del contenido de la guía, que os invitamos encarecidamente a leer. En ella podréis profundizar en cada punto y encontrar más consejos, ayudas, referencias y enlaces. Hay que tener claro que no existe un modelo de contrato como tal, y que el documento se centra en el contrato clásico de derechos de autor por regalías (Royalties). Existen muchos otros —como los trabajos por encargo o los supeditados a otras formas de financiación—, y en ellos todo es negociable.

Si tras consultar la guía os queda cualquier duda sobre algún punto, tenéis a vuestra disposición a los coordinadores de Ludo de cada área, que procurarán poneros en contacto con quien pueda ayudaros a resolverlas. Junto a cada punto se indica la página de la guía (“Pág. X”) en la que se trata cada tema.



CONSEJOS GENERALES:


1. FORMALIZAR POR ESCRITO: (Pág. 1)

• Firmar cada una de las páginas.

• Entregar un original a cada parte.

• Contratos de edición siempre por escrito (Ley de Protección Intelectual).


2. REDACCIÓN EN TÉRMINOS JURÍDICOS: (Pág. 1)

• Leer y comprender todo. Aclarar tus dudas.

• No firmes si no entiendes un punto.

• Revisa que las leyes citadas están vigentes.

• Negocia un contrato personalizado, no uno estándar.

• No firmes sin saber con quién firmas. Investiga. Pregunta.

• Identificar a todas las partes en el contrato con: Nombre, dirección, contacto y DNI.

• Si no es una persona física, es esencial la firma de la persona con poder de obligar/representar a la empresa.

• Revisa en el momento de la firma añadidos de último minuto que puedan alterar el contrato.


3. IMPORTANTE: (Pág. 2)

• Que “CESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE DERECHOS DE AUTOR DEL JUEGO X” quede claro y bien definido. Definir la duración de la cesión y las formas de explotación (idiomas, territorios, etc.).


4. FORMAS DE EXTINGUIR EL CONTRATO: (Pág. 2)

• Cumplimiento o término pactado.

• Desistimiento mutuo.

• Nulidad/anulabilidad.

• Rescisión.

• Resolución.



CONSEJOS ESPECÍFICOS: 


1. LOS ROYALTIES: (Pág. 3)

• Pueden pactarse de varias formas: porcentaje sobre las ventas; adelanto y porcentaje sobre las ventas; o pago fijo y porcentaje sobre las ventas.

• Los porcentajes pueden variar según: la reputación de los autores; la tirada inicial; la editorial y el ámbito territorial; o el tipo de precio sobre el que se firma:

▪ PVPR o Distribución.

▪ En bruto o en neto.


2. CLÁUSULAS DE LA CESIÓN DE DERECHOS DE AUTOR: (Pág. 4)

Es importante conocer las cláusulas sobre las que cedemos los derechos de explotación, porque son las que determinarán la contraprestación que recibiremos, y si ésta es adecuada o abusiva. Algunas de las más importantes a tener en cuenta son:

• Exclusividad.

• Territorialidad.

• Tiempo.

• Lenguas.

• Soportes (digital, físico, etc.).

• Merchandising.

• Tirada inicial.

• Derechos de expansiones del juego o compromiso de presentación de expansiones.

• Cesión a terceros.


3. LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES: (Pág. 5)

Estos son un pequeño ejemplo de las obligaciones normalmente reflejadas en los contratos:


• Las obligaciones del autor:

• Entregar a tiempo las reglas del juego asegurando su autoría y originalidad.

• Asegurar la autoría del juego y disfrute de los derechos por parte de la editorial.

• Posibilidad de colaboración en el desarrollo, marketing, asistencia a ferias, etc.

• Presentación de una factura previa al pago de royalties.


• Las obligaciones de la editorial:

• El pago de la contraprestación en tiempo y periodos pactados.

• Promoción del autor (nombre en la caja, etc.).

• Compromiso de publicación en un tiempo determinado.


4. OTRAS CLÁUSULAS: (pág. 7)

Estos son un pequeño ejemplo de las obligaciones normalmente reflejadas en los contratos:

• Entrega por parte de la editorial de X ejemplares al autor.

• Descuentos al autor para la adquisición de ejemplares.

• Compromiso de la editorial en la defensa de los derechos de autor en casos de plagio o copias ilegales.

• Inclusión del fuero judicial o acuerdos de arbitraje y mediación en casos de disputas contractuales.


5. MÚLTIPLES AUTORES (pág. 7)

En estos casos el porcentaje no varía con respecto a un solo autor, con lo que esa misma contraprestación es repartida entre los autores.

• El pago de la contraprestación en tiempo y periodos pactados.

• Promoción de los autores (nombres en la caja, etc.).

• Compromiso de publicación en un tiempo determinado.